La Red Pro Cuidados ha sido designada por decreto presidencial para integrar el Comité Consultivo de Cuidados

cropped-Logo-2.jpgEl día 29 d diciembre de 2016, se promulgó el decreto 444/016 el cual reglamenta las competencias, estructura e integración del Comité Consultivo de Cuidados en el marco del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (Ley 19.353).

El mismo estará conformado por «16 (dieciséis) delegados/as que se distribuirán de la siguiente manera: 4 (cuatro) delegados/as de organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas de cuidados; 4 (cuatro) delegados/as de la academia; 4 (cuatro) delegados/as del PIT – CNT; 4 (cuatro) delegados/as de las entidades privadas que prestan servicios de cuidados».

Para las 4 delegados/as de organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas de cuidados, se definió provisoriamente «un representante de la Red Pro Cuidados; un delegado de la Organización Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (ONAJPU); un delegado de la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales (ANONG ) y un delegado no gubernamental de la Comisión Honoraria Nacional de Discapacidad (CHND)».

Es así que la Red Pro Cuidados ha definido a Clara Fassler como titular y a Margarita Percovich como suplente para esta primera instancia.

Los cometidos del Comité Consultivo serán:

  • «Monitorear la implementación del SNIC a efectos de asesorar respecto al proceso de implementación.
  • Bregar por la garantía de la igualdad de condiciones de acceso para el conjunto de quienes son parte del sistema, y velar por el respeto de los derechos humanos de las personas que reciben y brindan los cuidados realizando informes anuales referentes a estos puntos.
  • Asesorar en la definición de fundamentos, criterios, estrategias y metas de la acción gubernamental en el Sistema.
  • Realizar aportes en el marco de la construcción del Plan Nacional de Cuidados y su seguimiento.
  • Proponer estudios, debates e investigaciones, sobre la temática de cuidados y de la implementación del SNIC.
  • Velar por el cumplimiento de los instrumentos internacionales de los sujetos de la política, incluyendo a quienes brindan los servicios de cuidado, asesorando en este sentido a la Secretaría Nacional de Cuidados.
  • Realizar aportes a la elaboración de los informes anuales que deba realizar la Secretaría Nacional de Cuidados según lo establecido en la Ley que se reglamenta.
  • Promover y colaborar en la difusión de los derechos que garantiza la política y los planes de cuidados.
  • Proponer acciones que faciliten el intercambio con los diferentes sujetos de la política.
  • Elaborar un informe bianual sobre el cumplimiento de sus cometidos.
  • Informar y asesorar respecto de lo que la Secretaría Nacional de Cuidados le solicite».

Ver texto completo del decreto